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    En Navarra a Domingo 05 de Septiembre de 2010

    Autónomos y pymes pueden solicitar los préstamos ICOdirecto a través de Internet


    22.06.2010::Reportajes

    Autónomos y pymes pueden solicitar los préstamos ICOdirecto a través de Internet

    Una vez que el ICO aprueba el préstamo, BBVA o Santander se encargan de formalizarlo

    Desde el pasado 15 de junio y hasta el 31 de diciembre de 2011 las empresas y autónomos interesados en obtener financiación pueden solicitarla en la página web, habilitada por el Instituto de Crédito Oficial, facilitadorfinanciero.es. El tipo de interés para los beneficiarios será de Euribor a 6 meses más 3,5%.

    ICOdirecto es un nuevo producto de Financiación desarrollado por el Instituto de Crédito Oficial dirigido a financiar proyectos de inversión y necesidades de liquidez de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y de los autónomos. Estos préstamos directos del ICO se solicitan a través del canal www.facilitadorfinanciero.es

     

    La principal novedad de esta medida es que el ICO recibe directamente las solicitudes, realiza el análisis de la operación, determina las garantías a aportar y decide sobre la concesión del préstamo, asumiendo el 100% del riesgo. Una vez aprobado, BBVA o Santander se encargan de formalizar y realizar el seguimiento de la operación.

     

    El acuerdo suscrito con estas entidades va a repercutir de forma muy positiva en los clientes, puesto que la formalización se podrá realizar en 6.300 oficinas y el plazo completo de formalización del préstamo desde la solicitud inicial será inferior a 30 días. Adicionalmente en determinadas sucursales se creará la figura del gestor especializado en préstamos directos del ICO, que se encargará de ayudar al cliente en el proceso de solicitud, así como en la presentación de la documentación requerida.

     

    Beneficiarios

     

    La línea de crédito que se puso en marcha el lunes pasado complementa y dinamiza las posibilidades de financiación de las empresas. Se dirige a autónomos y pymes residentes en España que lleven a cabo inversiones en territorio nacional o tengan necesidades de circulante.

     

    En este sentido, se han identificado tres tipos de compañías que pueden acogerse a la línea ICOdirecto:

     

    - Empresas que han solicitado un préstamo previamente, pero ha sido rechazado.

     

    - Empresas que han obtenido préstamos por las entidades financieras, pero en cuantías menores de las solicitadas. En este caso podrán solicitar la financiación complementaria a través de ICOdirecto.

     

    - Empresas o autónomos que tienen actualmente cubiertas sus necesidades de financiación, pero con expectativas de seguir incrementando su actividad.

     

    Cabe resaltar también que la obtención de financiación en este producto no es incompatible con la obtención de financiación de otras Líneas ICO 2010.

     

    Características

     

    La Línea ICOdirecto está dirigida a pymes y autónomos con más de un año de antigüedad que necesiten financiación de hasta 200.000 euros para nuevas inversiones o liquidez. Los plazos de amortización de los préstamos son de siete años con dos de carencia para los préstamos destinados a la inversión y de tres años, con uno de carencia para los de liquidez.

     

    El tipo de interés es único para las dos modalidades y es Euribor a seis meses + 3,50%. Los préstamos tienen una comisión de apertura de 0,50%.

     

    Como aparece en la página web del ICO (ico.es) esta iniciativa tiene vigencia desde el pasado 15 de junio y hasta el 31 de diciembre de 2011. El Importe máximo por cliente asciende a 200.000 euros, en una o varias operaciones. Además, para validar la operación se tendrá que justificar documentalmente si el préstamo solicitado se destina a financiar una inversión, en función de la modalidad escogida el cliente podrá elegir entre distintas posibilidades de plazos de amortización y carencia de principal.

     

    Pasos a seguir

     

    1.- Los autónomos y pymes interesados en obtener financiación deben darse de alta como usuario en el Facilitador Financiero.

     

    2.- Una vez completado el registro es necesario completar los datos que se solicitan relativos a la empresa y a la solicitud de crédito como por ejemplo, datos básicos relativos a la identificación del usuario, datos financieros con información económica-financiera del usuario solicitante, datos de la operación financiera que se desea solicitar, información relativa a las garantías aportadas en la operación y/o comentarios adicionales.

     

    3.- Con los datos aportados, el ICO hace un primer análisis de riesgo con el objetivo de verificar si la solicitud cumple los requisitos mínimos exigidos.

     

    4.- Tras ese primer análisis se solicitará al autónomo o pyme la presentación de la documentación que certifique la información introducida, así como las garantías a aportar.

     

    5.- Una vez aportada esta documentación, se completa la evaluación de la operación y se decide sobre la concesión del préstamo, que se comunicará por correo electrónico. Si el resultado es positivo, la entidad seleccionada, BBVA o Santander, se pondrá en contacto con el cliente para proceder a la formalización del préstamo.


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